ORDEN DE DETENCION EUROPEA Y ENTREGA - ASISTENCIA LEGAL SECRETS

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two. En tanto se resuelve sobre la solicitud de retirada de la inmunidad a la que se refiere el apartado anterior, la autoridad judicial española de ejecución adoptará, en su caso, las medidas cautelares que considere necesarias para garantizar la efectiva ejecución de la orden o resolución una vez levantada la inmunidad.

forty two. Destaca que, según la FRA, la información que se facilita a los acusados sobre sus derechos procesales en procedimientos penales difiere tanto en su alcance como en la forma en la que se transmite; pide a los Estados miembros que establezcan salvaguardias para garantizar que se informe eficazmente a las personas sobre sus derechos procesales tan pronto como sean sospechosas de haber cometido un delito;

Únicamente podrá denegarse, de manera motivada, el reconocimiento o la ejecución de un instrumento de reconocimiento mutuo que haya sido transmitido correctamente por la autoridad competente de otro Estado miembro de la Unión Europea cuando concurra alguno de los motivos tasados previstos en esta Ley.

c) Cuando el proceso penal no concluya con la aplicación de una medida que restrinja la libertad person.

Artículo eighty four. Aplazamiento del reconocimiento de la resolución por la que se impone una pena o medida privativa de libertad.

Quiero agradecer sinceramente a todos los grupos sus aportaciones. Hemos podido discutir este tema con el mejor ánimo, y personalmente he procurado hacer un esfuerzo especial para facilitar un amplio acuerdo que se reflejó en el voto de la Comisión LIBE a primeros del pasado mes de diciembre.

¿Quién se encarga de la ODE en nuestro país? En lo que respecta a nuestro país, es útil especificar que Italia ejecuta la orden de detención europea según el principio del reconocimiento mutuo, siempre que la orden de detención europea provenga de una autoridad judicial y que, cuando se emita con el fin de ejecutar una pena o medida de seguridad privativa de libertad, la sentencia a ejecutar sea ejecutiva.

Los títulos siguientes regulan weblink cada uno de los instrumentos de reconocimiento mutuo, siguiendo un esquema idéntico en el que se distinguen unas normas comunes, otras destinadas a indicar a la autoridad judicial competente en cada caso cómo transmitir a otros Estados de la Unión Europea una resolución de reconocimiento mutuo y, por fin, otras que establecen las reglas de ejecución en España de las resoluciones que transmitan las autoridades competentes de los demás Estados miembros.

2. La autoridad competente para reconocer y acordar la ejecución de una resolución por la que se impone una pena o medida privativa de libertad será el Juez Central de lo Penal.

two. Las comunicaciones a la autoridad de emisión que deban hacerse en virtud de Check This Out lo establecido en esta Ley por parte de la autoridad judicial española serán directas y se podrán cursar en español mediante correo certificado, medios electrónicos fehacientes o fax, sin perjuicio de remitir a la autoridad extranjera el oportuno have a peek at this web-site testimonio si ésta lo requiriese.

a) Cuando la sentencia no imponga una pena o medida privativa de libertad que deba aplicarse en caso de incumplimiento de las obligaciones o prohibiciones en que consista la medida de libertad vigilada.

2. Se rigen también por las disposiciones de este Título el reconocimiento y ejecución de la resolución de libertad vigilada cuando se hubiera adoptado por la autoridad competente para la ejecución de la pena o medida privativa de libertad en el Estado de emisión.

X. Considerando que la búsqueda de foros de conveniencia se evitará mediante la aplicación armonizada de la orden de detención europea, junto con la aplicación plena y correcta de las Directivas sobre derechos procesales, el mayor uso de medidas alternativas a la orden de detención europea y el establecimiento de normas mínimas a nivel de la Unión, por ejemplo sobre las condiciones de detención y encarcelamiento; que la aplicación plena y correcta de la orden de detención europea en todos los Estados miembros es necesaria para evaluar adecuadamente el funcionamiento de los correspondientes instrumentos legislativos y la necesidad de eventuales modificaciones;

La orden europea de detención y entrega se documentará en el formulario que figura en el anexo I, con mención expresa a la siguiente información:

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